El Tribunal Supremo de los Estados
Unidos de América (Supreme Court of the United States) dictó el 26
de junio de este año una sentencia muy importante en relación con
el matrimonio entre personas del mismo sexo (United States vs. Windsor). Se trata de una
sentencia que ha sido considerada histórica por cuanto declara
contraria a la Constitución una norma federal que excluía del
concepto jurídico de matrimonio el formalizado por personas del mismo sexo,
cuando la normativa de un Estado federado admitiese este tipo de
matrimonio. En este artículo pretendemos explicar las
características del caso planteado ante el Tribunal Supremo y las
claves de decisión de la sentencia.
El punto de partida es la historia
personal de las señoras Windsor y Spyer. Ambas, ciudadanas
estadounidenses, mantenían una relación sentimental desde hacía
muchos años. En el año 1993 decidieron inscribirse en el registro
de parejas de hecho (domestic partners) que el Estado de Nueva York,
donde residían, había establecido al efecto. En el año 2007,
contrajeron matrimonio en Ontario (Canadá) según la normativa
local, manteniendo su residencia en Nueva York. La normativa de este Estado reconoce la validez de su matrimonio. En 2009 la señora
Spyer falleció disponiendo su entero patrimonio en favor de su
pareja, la señora Windsor.