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viernes, 21 de septiembre de 2012

Alegaciones en el juicio de desahucio por impago de rentas. Referencias jurisprudenciales.

La acción de desahucio por impago de rentas se tramita, en virtud del artículo 250.1.1º de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), mediante la forma de juicio verbal.

El carácter sumario de este tipo de procedimientos se evidencia en el artículo 444.1 LEC que establece de forma expresa que “cuando en el juicio verbal se pretenda la recuperación de finca, rústica o urbana, dada en arrendamiento, por impago de la renta o cantidad asimilada sólo se permitirá al demandado alegar y probar el pago o las circunstancias relativas a la procedencia de la enervación”.

No obstante lo expuesto, la Jurisprudencia ha rebajado reiteradamente el tenor literal de este precepto, como vemos a continuación: